Circular Nš 09 / 2005


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Santa Fe, Marzo de 2005

INDICE

1 – Resolución Nº 0171/05: relacionado con las previsiones del Decreto Nº 0333/05 que modifica el Anexo II “Sistema de evaluación, acreditación, calificación y promoción en el Tercer Ciclo de la Educación General Básica”, aprobado por Decreto Nº 2041/98.
2 – Distribución de los Núcleos de Aprendizajes Prioritarios (NAP) de Nivel Inicial y Primer Ciclo.
3 – Contratación Seguro Responsabilidad Civil para alumnos de Escuelas Oficiales que prescribe la Ley Nacional Nº 24830.
4 – Habilitaciones Municipales.

A los
Representantes Legales de los Establecimientos de Gestión Privada
Presente:
Me dirijo a ustedes a fin de poner a vuestro conocimiento:

1 – Resolución Nº 0171/05

VISTO:
El Expediente N° 00401-0141262-1 del registro de este Ministerio, cuyas actuaciones se vinculan con las previsiones del Decreto N° 333 del 4 de marzo de 2005, que modifica el Anexo II “Sistema de evaluación, acreditación, calificación y promoción en el Tercer Ciclo de la Educación General Básica”, aprobado por Decreto N° 2041/98; y

CONSIDERANDO:
Que los alumnos que estaban en condiciones de acceder a las Instancias Adicionales de Apoyo y Seguimiento Evaluativo adeudando más de un espacio curricular, no asistieron a alguna de ellas por considerar definida su situación para el Curso Lectivo 2005, de no promoción de 7° a 8°, de 8° a 9° y de 9° a 1° del Polimodal;
Que tales circunstancias de promoción y aprobación antes mencionadas se ven alteradas por lo establecido en el decreto aludido;
Que es intención de este Ministerio sostener las condiciones de equidad favoreciendo, entre otros aspectos, la retención de los alumnos y la finalización de los estudios de la enseñanza obligatoria;
Que el Artículo 11° del Decreto N° 2041/98 según texto modificado por similar N° 333/05 establece que “El Ministerio de Educación determinará y aprobará las condiciones en virtud de las cuales el alumno que no cumpla con el” “requisito establecido en el Inciso c) del artículo precedente, accederá a Instancias de Apoyo, “exámenes, promocionará al año” “superior o repetirá el año.”;
Que en consecuencia el mismo habilita a esta Jurisdicción a disponer las instancias examinadoras para cumplir con los requisitos de promoción en el Tercer Ciclo de la Educación General Básica;
Que, por ello resulta precedente establecer mesas examinadoras a fin de superar la situación planteada no atribuible al alumno modificándose a tales efectos el Calendario Escolar Único 2005 - aprobado por Resolución N° 1284/04;
Que asimismo cabe destacar que la matriculación de los mismos deberá definirse una vez concluido este turno especial y extraordinario de exámenes;
Que por su parte la Dirección General de Recursos Humanos requiere a foja 58 se incorpore en el referido Calendario el período comprendido entre el 1 y el 31 de octubre de 2005 para la recepción de Planillas de Traslado de Nivel Medio y Superior en la Coordinación de Registro y Certificaciones del Personal Escolar de su dependencia y en las Sedes Regionales;
Que el Jefe de Departamento Nivel Medio - Técnico del Servicio Provincial de Enseñanza Privada solicita la inclusión de la Primera Semana de Julio de cada año como “Semana del Desarme” en todos los establecimientos educativos de la Jurisdicción, en coincidencia con lo establecido en la Resolución N° 1188/04;

Atento a ello;
LA MINISTRA DE EDUCACION
R E S U E L V E:
1°) - Incorporar en el Calendario Escolar Único 2005, aprobado por Resolución N° 1284 del 22 de diciembre de 2004, las actividades docentes, administrativas y conmemoraciones que seguidamente se detallan:

ACTIVIDADES

E.G.B. 3

21/03/05 Turno especial y extraordinario de exámenes, por el término de 5 días hábiles consecutivos de actividad escolar para que los alumnos puedan regularizar su situación y promover al curso inmediato superior (Decreto N° 333/05).

E.G.B. 3 (8° y 9°) Polimodal y TTP Superior

01/10 al 31/10/05 Recepción de planillas de traslado en la Coordinación Registro y Certificaciones del Personal Escolar de la Dirección General de Recursos Humanos y en las Direcciones Regionales (Decreto N° 1088/60)

CONMEMORACIONES

01 al 07 Semana del Desarme (R.M. N° 1188/04) III

2°) - Hágase saber y archívese.

2 – Núcleos de Aprendizajes Prioritarios (NAP) de Nivel Inicial y Primer Ciclo.

Se informa a los establecimientos educativos de Nivel Inicial, de Primer Ciclo EGB y Escuelas Especiales que no hubieran recibido los Núcleos de Aprendizajes Prioritarios (NAP) que remitió el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, que deberán solicitarlos a cmaglione@educacionsf.gov.ar o andpacifico@yahoo.com.ar , enviando el número de CUE.

3 – Contratación Seguro Responsabilidad Civil para alumnos.

Atento a la solicitud de la Cámara de Diputados de la Provincia –Expediente Nº 00201-0093950-9- relacionada con la contratación del Seguro de Responsabilidad Civil para alumnos establecido por la Ley Nacional Nº 24830 modificatoria del Art. Nº 1117 del Código Civil, solicitamos la presentación en fotocopias simples de las Pólizas correspondientes, otorgando como plazo hasta el 30 de abril próximo. Las mismas deberán ser remitidas a la Asesoría Letrada de este Organismo por intermedio de las Mesas de Entradas – Zona Norte o Zona Sur – según corresponda.

4 – Habilitaciones Municipales.

Teniendo en cuenta las dificultades existentes en las Municipalidades y Comunas para proceder a las verificaciones edilicias solicitadas por Circular Nº 3/02005 este Servicio Provincial ha previsto ampliar el plazo estipulado para su presentación hasta el 31 de diciembre del corriente año.
No obstante lo expuesto, se mantiene el requerimiento respecto a las constancias de inspección de las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo.

Cordialmente.

Prof. María del Carmen Quaglia
Directora Provincial del
Servicio Provincial de Enseñanza Privada