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Santa Fe, junio de 2006
A los Sres. Representantes Legales de
los Establecimientos de Gestión Privada
Presente:
Me dirijo a ustedes a fin de poner a vuestro conocimiento la Disposición N° 0236 de
fecha 27 de junio de 2006, emanada de este Servicio Provincial:
V I S T O:
El Expte. N° 00401-0153246-4 relacionado con la
presentación y aprobación de planes de estudios con carácter experimental y que
impliquen una innovación pedagógica, propuestos por las instituciones educativas de
gestión privada en el marco del art. 9° de la Ley 6427 y el Decreto Reglamentario N°
2880/69; y-
CONSIDERANDO:
Que en la actualidad la oferta educativa del nivel
superior cuenta con una considerable cantidad de institutos con numerosos planes de
estudios abarcando múltiples especialidades y campos disciplinares;
Que la Ley de Educación Superior N° 24.521, en su
artículo 23, establece que toda carrera tendrá que ser elaborada respetando los
contenidos básicos comunes aprobados por el Consejo Federal de Cultura y Educación para
que sus títulos tengan validez nacional;
Que el Ministerio de Educación de la Nación, para
cumplir con esta ley, viene trabajando en concordancia con distintos sectores (colegios,
asociaciones, profesionales destacados y con los Ministerios de las distintas provincia),
en la formulación de Diseños Curriculares (perfil profesional, bases para la
organización curricular y actividades reservadas para cada plan de estudio) desde el año
2002;
Que las propuestas elaboradas corresponden al primer
nivel de concreción del currículo, las cuales tendrán que ser aprobadas por el Consejo
Federal de Cultura y Educación, para que luego sirvan de base para la elaboración de los
Diseños Curriculares Jurisdiccionales y recién a partir de estos se podrán elaborar los
Diseños Curriculares Institucionales (carreras);
Que el artículo 55° de la Ley de Educación de
Educación Técnica N° 26058 aprobada recientemente establece que "el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología concertará con el
Consejo Federal de Cultura y Educación, un procedimiento de transición para resguardar
los derechos de los estudiantes de las instituciones de educación técnico profesional,
hasta tanto se completen los procesos de ingreso al Registro Federal de Instituciones de
Educación Técnico Profesional y de construcción del Catálogo Nacional de Títulos y
Certificaciones";
Que además es oportuno señalar que toda propuesta
curricular tiene que responder a criterios nacionales establecidos en la Resolución N°
181/02, Resolución N°238/05 del Consejo Federal de Cultura y Educación, donde se
establecen pautas generales para la organización de la estructura curricular (carga
horaria, áreas que debe comprender la propuesta, títulación, etc.);
Que la Provincia viene trabajando en la elaboración de los Diseños Curriculares
Jurisdiccionales, en la confección de mapas de ofertas y en establecer posibles lugares
para las prácticas profesionales, dado el panorama antes señalado, con la participación
de diferentes sectores y Ministerios;
Que lo expuesto precedentemente afecta al sistema y a
cada institución en particular por lo que la autorización de nuevas carreras en este
período de transición dificultaría el reordenamiento de aquel y podría ser foco de
futuros y serios conflictos institucionales de orden pedagógico, administrativo y laboral
con un fuerte impacto social;
Que paralelamente, Sistema de Validez Nacional de
Títulos se encuentra en una etapa de transición en virtud de las pautas establecidas en
las Resoluciones Nros. 1442/02 "Normas generales sobre equivalencias de
títulos" y N° 919/03 "Reglamento Operativo para el Otorgamiento de la Validez
Nacional a los certificados de estudios y títulos de modalidad presencial";
Que en razón de lo expuesto es necesario efectuar un
cuidadoso examen y fortalecimiento de la actual oferta educativa, evitando superposición
de ofertas en algunas tecnicaturas propuestas con el mismo objetivo y campo laboral para
sus graduados;
Que para ello, se considera necesario establecer para el ciclo lectivo 2007 solo se
autorizará la implementación de carreras de nivel superior técnico que ya se encuentran
aprobadas en forma definitiva;
Por ello;
LA DIRECTORA DEL
SERVICIO PROVINCIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA
D I S P O N E :
- Establecer, que durante el período lectivo 2007, en los institutos superiores
dependientes del Servicio Provincial de Enseñanza Privada, sólo se autorizará la
implementación de carreras de nivel superior (de modalidad presencial) con planes de
estudios que se encuentran aprobados en forma definitiva mediante Decreto del Poder
Ejecutivo o Resolución Ministerial.
- Comunicar y archivar.
FDO.: Lic. Maria del Carmen Quaglia - Claudia Romano de Sale.
Lic. María del Carmen
Quaglia
Directora del
Servicio Provincial de Enseñanza Privada |
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